SAPENA & ASOCIADOS - Attorneys at Law
Paisajes del Paraguay


 

DERECHO INFORMÁTICO    

        

I - Concepto de Derecho Informático:  

Constituye una ciencia y rama autónoma del derecho que abarca el estudio de las normas, jurisprudencias y doctrinas relativas al control y regulación de la informática en dos aspectos: a) Regulación del medio informático en su expansión y desarrollo y b) Aplicación idónea de los instrumentos informáticos.

En ésta nueva rama del derecho, el debate planteado está abierto por mucho tiempo y en muchos de los aspectos, porque el desarrollo tecnológico presenta a diario nuevos desafíos, los que deben ser absorbidos por el derecho..

II - La propiedad Intelectual (Derecho de Autor)  en la era digital

La  protección por el Derecho de Autor en la sociedad de Información como parte del derecho de las nuevas tecnologías..los OBJETOS DIGITALES..

1.- Programas de Ordenador (Software) clic en Derecho de Autor. Registro de Software….

2.-Obras multimedia: Son las obras integrantes de un producto único en formato digital y soporte electronico : texto, fotografía, video, programa de ordenador ..Utiliza conjunta y simultáneamente diversos medios como imágenes, sonidos y texto en la transmisión de una información….

3.-Paginas o sitios web de Internet u otras redes: Son objeto de protección jurídica en sí mismas si son originales. Pueden ser consideradas como creaciones protegidas por el derecho de autor. Además el  contenido de las mismas  también son objeto de propiedad intelectual….

4.- Compilaciones electrónicas de datos.

5.-Derecho de Reproducción…total parcial  temporal o permanente (digitalización, uploading y downloading), el nuevo derecho a puesta a disposición del público a través de redes digitales..

6.-Derecho a distribución y medidas de protección tecnológica..

7.-Contratos en la era digital de protección de propiedad Intelectual…

a) Contrato de Edición Digital (diseño de pagina web, de alojamiento, de patrocinio y publicación, de programa de ordenadores, compilación de datos electrónicos etc.)

b) Acuerdo de colaboración (acceso a Internet y provisión de contenidos…)

c) Contrato de Licencia de Uso de Base de Datos… 

III - Delitos Informáticos

  • Acceso no autorizado: Uso ilegitimo de passwords y la entrada de un sistema informático sin la autorización del propietario.

  • Destrucción de datos: Los daños causados en la red mediante la introducción de virus, bombas lógicas, etc.

  • Infracción al copyright de bases de datos: Uso no autorizado de información almacenada en una base de datos.

  • Interceptación de e-mail: Lectura de un mensaje electrónico ajeno.

  • Estafas electrónicas: A través de compras realizadas haciendo uso de la red.

  • Transferencias de fondos: Engaños en la realización de este tipo de transacciones.

Marco Legal en el Paraguay

Dado lo reciente del reconocimiento del derecho de Internet como rama autónoma del derecho, aún en el Paraguay no fueron sancionadas leyes especiales sobre la materia. Sin embargo, existe el marco adecuado para la protección de los derechos individuales y  castigo de los delitos informáticos, en las siguientes leyes…

  • Constitución Nacional

  • Ley 1.294/98- De Marcas

  • Dto. Reglamentario N° 22.365 de la Ley de Marcas

  • Ley 1.328/98- De Derecho de Autor y Derechos Conexos

  • Dto. Reglamentario N° 5.159 del Derecho de Autor y Derechos Conexos.-

  • Ley 1.630/00- De Patentes y Modelos Industriales

  • Ley 1.160/97- Código Penal

  • Ley de Protección de Datos del 28/12/00

  • Los Tratados Internacionales:

- En el año 2000, nuestro país se adhirió a dos tratados internacionales aprobados en la conferencia diplomática de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), en el año 1996, conocidos como los "Tratados de Internet", los cuales integran nuestro ordenamiento jurídico positivo, conforme al orden de prelación consagrado por la propia Constitución Nacional.

- Ley 12/91 - Por la cual se aprueba la Adhesión de la República a Convenios de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas del 09 de Setiembre de 1886, Revisado en París en 1971 y Enmendado en 1979.-

- Ley 399/94 Por la cual se aprueba la Adhesión de la República del Paraguay al Convenio de Paris para la Protección de la Propiedad Industrial.-

- Ley 1.582/00 - Tratado de Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Derecho de Autor.-

El Código Penal Paraguayo sancionado en año 1997 ha reconocido algunas conductas materializadas con auxilio o mediante el uso de tecnologías de información y comunicación.

Los delitos informáticos tipificados son:

a)  Alteración de Datos;

b)  Sabotaje de computadoras;

c)  Operaciones fraudulentas por computadoras;

d)  Violación del derecho a la comunicación;

e)  Lesión del derecho a la comunicación y a la imagen.

 

Sapena & Asociados Dirección:
Capitán Brizuela 684
esq. San Francisco
P.O. BOX 2614 - Asunción - Paraguay
Teléfono/Fax:
(+595.21) 222.235
e-mail:
e-mail info@SapenaLey.com
  © 2006 Sapena & Asociados - Todos los derechos reservados.