SAPENA & ASOCIADOS - Attorneys at Law
Paisajes del Paraguay


 

ENTIDADES SIN FIN DE LUCRO

  

Asesoramos en la organización,  y/o funcionamiento de todo tipo de  entidades sin fin de lucro contempladas en la legislación paraguaya,  las que gozan de beneficios  y exoneraciones impositivas en el Paraguay.

La legislación paraguaya sobre entidades sin fin de lucro

Pueden ser organizaciones civiles de derecho privado, que no persiguen fines de lucro, sino de bien común, que cumplen funciones públicas. Son las llamadas organizaciones privadas de desarrollo.

También las Asociaciones de bien común;   Asociaciones inscriptas  con capacidad restringida, fundaciones, universidades, Iglesias y confesiones religiosas, clubes, sindicatos, asociaciones de empleados, etc.

Sea cual fuere la forma jurídica adoptada, deben perseguir el bien común y no el lucro, y si hubieren excedentes o utilidades éstos deben ser destinados a los fines previstos en su estatuto de creación o destinarlos a beneficio público.

Exenciones tributarias a entidades sin fin de lucro

Acorde a la legislación paraguaya gozan de varias exenciones y exoneraciones impositivas, bajo algunas  condiciones, la principal es no perseguir fines de lucro.

Tratamiento impositivo especial para entidades educativas

La educación está altamente promocionada por el Estado y la Constitución Nacional paraguaya, y bajo la condición de perseguir fines educativos y no lucrativos, están exentas y exoneradas de Impuestos en el Paraguay.

 

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